jueves, 5 de julio de 2007

ACUERDO MARCO DE COLABORACION ENTRE LA FUNDACION SEGURIDAD CIUDADANA Y GRUPO C 7

En Madrid a 31 de Marzo de 2006-04-21


De una parte D. Jose Manuel Heredia Martínez ,Presidente de la Fundación Seguridad Ciudadana , en adelante Fundación, que interviene en nombre y representación de dicha fundación,con facultades suficientes para otorgar el presente acto ,según consta en escritura pública de fecha 1 de diciembre 2003,autorizada por el notario de Madrid Dª julia Sanz Lopez y con el número 3732 de los de su Protocolo, con domicilio legal en la plaza de carabanchel bajo número cinco ,UFP, Madrid.

Y de otra parte , D. Lorenzo Sainz Alcalá , Presidenter y Apoderado en calidad de representante legal ,acreditado con poder notarial bastante , de GRUPO C 7(en adelante C -7 SEGURIDAD , S.L. con CIF B-79868576, y con domicilio social en la callle Las Aguilas ,16 Pol.Ind, “la Estación”28320 Pinto , Madrid..

Ambos intervienen enb el ejercicio de las facultades para acordar y convenir en nombre de las entidades que representan tienen conferidas ,a cuyo efecto realizan las siguientes




DECLARACIONES


Primera

Que la Fundación , clasificada como Fundación sin ánimo de lucro por el Protectorado del MEC , con fecha uno de marzo de 2004,adscrita con el nº 724, tiene entre sus fines y actividades la mejora de la seguridad en todo el terriotorio nacional , y en este orden , realizar estudios ,encuestas y analisi relativos a la evolución de la misma ; actividades formativas de carácter general o especializado ; diseño y planificación de proyectos ,organización de congresos, seminarios ,conferencia, coloquios que pretendan los fines de la Fundación y todas aquellas actuaciones que redunden en la consecución de sus fines.

Segunda

Que C -7 SEGURIDAD , S.L tiene como fin prioritario ofertar servicios integrales de seguridad a empresas, entidades, instituciones y particulares , asi como tareas de Asesoramiento y Consultoría sobre contenidos de Seguridad , a las citadas anteriormente, actividad singular que realiza a través de la CONSULTORA DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA ESCOLAR adscrita con carácter departamental a C-7 SEGURIDAD ,S.L., que entre sus objetivos señala los que siguen: impulsar el logro de escuelas no conflictivas y no violentas ,mediante asesoramiento externo , a fin de conseguir sensaciones de seguridad en las comunidades escolares; recomendar protocolo de actuaciones que sirvan para adiestrear a los equipos multidisciplinares que se ocupan de las comunidades escolares y adiestrarlos para enfrentarse a probables comportamientos graves y violentos que puedan suceder y ocurrir en el transcurso escolar, y que para el cumplimiento de sus fines investiga los ciclos de conflictividad escolar al objeto de ponderar parámetros y variables que inciden sobre la violencvia en los centros docentes y pronosticar probabilidades de situaciones difíciles e inseguras que puedan surgir en el transcurso de la actividad docente,; y organizar , en cooperación y convenio con las Universidades españolas públicas y privadas ,títulos propios de Magíster, Especialista y Experto sobre contenidos relacionados con la disrupción en las aulas, convivencia escolar , y cualquier acción que se oriente a formar y adiestrar a profesionales de la enseñanza y de los cuerpos y fuerzas de seguridad , y a cualquier otro colectivo interesado en la fenomenología de la violencia escolar, y en este orden ofertar Tallares de conocicimiento y adiestramiento en habilidades específicas , capaces de frenar, erradicar la desaveniencia y conflictividad en las escuelas.

De acuerdo a lo explicitado anteriormente , las partes



EXPONEN


Que este Acuerdo Marco ha sido promovido por amabas entidades sobre las siguientes bases:

Primera

Que ambas entidades reconocen complementariedad entre sus fines ,referentes a la investigación de la seguridad ,la Fundación, en el seno complejo de la seguridad ciudadana , y C-7 SEGURIDAD S.L., en los ámbitos de la fenomenología de la violencia escolar , y por ende, en cualquier dimensión los ámbitos formativa , cultural y científica.

Segunda

Que ambas entidades realizan encuestas e investigaciones sobre seguridad ciudadana y escolar , y en consecuencia, dispuestas a intercambiar datos y conocimientos obtenidos que sirvan para operativizar medidas especificas que redunden en beneficio de la paz, la convivencia y la seguridad ciudadana.

Por todo lo expuesto las partes intervienientes suscribe el presente Acuerdo Marco de colaboración con sujeción a las siguientes claususlas:

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julio de anton

maestro nacional, profesor de Instituto, Profesor Numerario Psicología Criminal en la Escuela General de Policía, Conferenciante sobre prevención delincuencia juvenil en España, Italia(Mesina), Francia(París , Saint Cloud), Méjico, Preceptor de SAR el Principe de Astutias, 1975-1982, Director General Seguridad Comunidad de Ceuta 1997-1998,historiador , trece libros publicados sobre contenidos diversos , entre otros , Juventud Dificil y Delincuencia Juvenil, Dinámica de Grupos , Antón 78, Factores que promueven la violencia en el deporte, etc, Comisario en segunda actividad del Cuerpo Nacional de Policía, Consultor General de C7 en Seguridad y Convivencia Escolar.